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El Gobierno provincial adelantó que “no hay un incremento general de impuestos” para 2025

La directora General de Hacienda Pública, Teresa Cappiello dio detalles sobre la reciente presentación de la Ley Impositiva Anual 2025 y abordó en particular los descuentos que alcanzarán a quienes tengan sus impuestos al día.

Directora General de Hacienda Pública, Teresa Cappiello.
Actualizada: 20/09/2024 23:53
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Tras el envío del Gobierno a la Cámara de Diputados del proyecto de Ley Impositiva Anual, el ministerio de Hacienda Pública adelantó precisiones sobre el alcance de la norma.

“No hay incremento general de impuestos”, sostuvo la directora General de Hacienda Pública, Teresita Capiello durante una conferencia de prensa.

“Desde el punto de vista fiscal y tributario las alícuotas y el porcentaje fiscal da un nivel de credibilidad, de estabilidad, no podemos generar inseguridad jurídica. Es lo que nos parece que es prudente, lo que se ha venido haciendo y se va a seguir haciendo. Lo que sí modifica después es realmente el valor de los bienes sobre lo que hay que pagar, porque siempre es un porcentaje del valor del bien”, explicó la funcionaria al ser consultada sobre las razones para no actualizar los porcentajes de alícuotas y bases imponibles.

Cappiello señaló que la valuación fiscal para inmuebles y automotores será definida más cerca de fin de año por organismos como la dirección de Catastro y la dirección de Ingresos Públicos. “Ya sabemos que nuestra economía no se puede proyectar mucho hacia el futuro, pero ese es el valor sobre el que luego se va a determinar la base imponible y el impuesto, que es lo que la Ley Impositiva establece. Se determina por resolución y se va a realizar en los últimos meses del año”, agregó.

“La dirección establece en virtud de la valuación fiscal el automotor y el inmobiliario, los impuestos patrimoniales. Con respecto a Ingresos Brutos es un impuesto autodeclarativo. O sea, sobre el monto que declara el contribuyente se coloca la alícuota general para determinar el impuesto y si corresponde eventualmente el descuento sobre el monto a ingresar”, informó.

Beneficios

Cappiello anunció que se estableció una nueva definición por lo que se pasará de “buen contribuyente” a “buen cumplidor” o “cumplidor fiscal”.

“Hemos cambiado la definición y de lo que son los parámetros y los beneficios a otorgar. Siempre nos gusta recalcar que no es que premiamos a quien cumple con lo que debe cumplir. Todos tenemos la obligación como ciudadanos de contribuir para que todos estemos mejor y sabemos que son los fondos que el Estado tiene para cumplir sus obligaciones”, consideró.

El “cumplidor fiscal” entonces tendrá beneficios en el impuesto inmobiliario y automotor “tanto para quienes venían trayendo una conducta fiscal regular, como para quienes ingresaron a ese camino”.

Tendrá un descuento del 30% por cada auto o inmueble que posea el contribuyente y en el caso de que hayan pagado en tiempo y forma se le sumará un adicional del 10%, totalizando un 40%.

Esto aplicará para quienes no tienen deudas, ya sea por patente o por todos sus bienes registrales que generan impuestos y controles al 31 de diciembre del 2024.  En cuanto a los que se acojan a la moratoria, tendrán los mismos beneficios de entre 5% y 15% para todos los imponibles.

Habrá una bonificación del 30% por pago contado en marzo, tanto para el impuesto automotor como para el inmobiliario.

Los jubilados que cobren hasta dos haberes mínimos, van a tener una exención del 100% en el impuesto Inmobiliario. Así se eliminarán las escalas establecidas previamente y este será el único parámetro a tener en cuenta.

Sobre el impuesto Ingresos Brutos también dio detalles. De tres alícuotas, la general, la reducida y la bonificada, ahora se pasa a una alícuota general y una especial para los individuos o algunas actividades que requieren un tratamiento social.

A modo de ejemplo, indicó: el transporte, pequeñas empresas, algunas actividades farmacéuticas, droguerías, que ya tenían un tratamiento diferencial en la Ley de Higiene.

Adhesión a la Ley de Blanqueo

Esta semana el Gobierno provincial presentó ante la Legislatura el proyecto de ley de Adhesión al Régimen Nacional de Regularización de Activos impulsado por el Gobierno nacional.

“La ley nacional, una de las principales cuestiones que determina es que todos los montos que se blanqueen no sean montos de actividades ilícitas. Es por eso que se pide toda documentación que acredite cuál es el origen de los fondos”, aclaró en primer lugar.

La ley nacional tiene varias etapas para los interesados en sumarse al blanqueo de capitales, dijo la funcionaria. “Son diferentes etapas con diferentes beneficios del impuesto único a ingresar cuando son más de 100 millones de dólares que se blanquean. Para ingresar en la primera etapa que concluye en octubre hay que primero declarar que se quiere blanquear e ingresar el 75% del monto que surgiría del impuesto y ese plazo vence el 30 de septiembre”, detalló.

“Por los montos que se blanqueen en la provincia de San Luis no van a pagar ni impuestos sobre los Ingresos Brutos ni impuesto de Sellos. No hay un tope inicial de blanqueo mínimo y no basta el blanqueo a nivel nacional, hay que venir a adherirse a la provincia para tener la exención impositiva. Es decir, sí o sí tienen que traer toda la documentación que presentaron a nivel nacional y comprobar que han adherido al blanqueo para tener los beneficios en la provincia”, concluyó.

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